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Home Economía

La AFIP prorrogó el vencimiento de Ganancias y Bienes Personales

27 mayo, 2022
in Economía
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La prórroga del organismo tributario traslada los vencimientos de las obligaciones para fines de junio con el objetivo de facilitar las tareas de cumplimiento.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) prorrogó las fechas de presentación de declaraciones juradas y de pago de los impuestos de Ganancias y sobre los Bienes Personales para el período fiscal 2021, según la resolución 5.192 publicada este viernes en el Boletín Oficial.

La norma precisó las fechas en las que deberá realizarse la presentación de las declaraciones juradas y, en su caso, de pago de los impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales correspondientes al período fiscal 2021, que vencen en junio próximo.

Fechas para presentaciones y pagos

Las presentaciones y pagos podrán cumplirse según la terminación de la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) del contribuyente:

• Los terminados en 0, 1, 2 y 3: fecha de presentación hasta el 23 de junio y de pago hasta el 24 de junio

• Los terminados en 4, 5 y 6: fecha de presentación hasta el 24 de junio y de pago hasta el 27 de junio

• Los terminados en 7, 8 y 9: fecha de presentación hasta el 27 de junio y de pago hasta el 28 de junio

En todos los casos la fecha de pago será la del día hábil siguiente del vencimiento de la declaración jurada, precisó la AFIP.

La prórroga traslada los vencimientos de las obligaciones para fines de junio con el objetivo de facilitar las tareas de cumplimiento, indicó el organismo tributario.

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La norma precisó las fechas en las que deberá realizarse la presentación de las declaraciones juradas y, en su caso, de pago de los impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales correspondientes al período fiscal 2021, que vencen en junio próximo.

Fechas para presentaciones y pagos

Las presentaciones y pagos podrán cumplirse según la terminación de la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) del contribuyente:

• Los terminados en 0, 1, 2 y 3: fecha de presentación hasta el 23 de junio y de pago hasta el 24 de junio

• Los terminados en 4, 5 y 6: fecha de presentación hasta el 24 de junio y de pago hasta el 27 de junio

• Los terminados en 7, 8 y 9: fecha de presentación hasta el 27 de junio y de pago hasta el 28 de junio

En todos los casos la fecha de pago será la del día hábil siguiente del vencimiento de la declaración jurada, precisó la AFIP.

La prórroga traslada los vencimientos de las obligaciones para fines de junio con el objetivo de facilitar las tareas de cumplimiento, indicó el organismo tributario.

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