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AFIP y transferencias entre cuentas propias: lo que no se debe hacer para evitar inconvenientes

7 octubre, 2024
in Economía
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Las regulaciones de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) respecto a las transferencias entre cuentas bancarias o billeteras virtuales propias han cobrado mayor relevancia en los últimos tiempos. Durante el mes de octubre, es fundamental conocer los detalles de estas normativas para evitar inspecciones o problemas fiscales. Cometer errores en estas transacciones puede generar alertas en la AFIP, lo que derivará en la necesidad de justificar los movimientos de dinero.

A continuación, te explicamos las principales cuestiones a tener en cuenta al realizar transferencias entre cuentas propias, y qué se debe evitar para no tener problemas con el ente recaudador.

  1. Evitar superar los límites permitidos sin justificación
    Uno de los principales errores que pueden surgir al transferir dinero entre cuentas propias es exceder los límites establecidos por la AFIP sin tener una justificación válida. Si esto ocurre, es probable que se inicie un control exhaustivo. En el caso de personas sin ingresos formales declarados, el límite es de $400.000 en movimientos de ingresos y egresos entre cuentas propias. Superar esta cifra sin respaldos adecuados puede hacer que la AFIP inicie una inspección para determinar el origen de los fondos.

Consecuencia de exceder los límites: Cuando una persona excede los montos permitidos sin documentación que justifique el origen de los fondos, la AFIP tiene la facultad de pedir explicaciones sobre la operación y, si no se presentan, puede desencadenar una investigación más profunda.

  1. La importancia de justificar el origen de los fondos
    Otro aspecto clave para evitar problemas con la AFIP es tener siempre un respaldo documental sobre el origen de los fondos transferidos. Este punto aplica incluso para movimientos entre cuentas propias. Si no se tiene esta documentación, tanto el banco como la AFIP pueden solicitar una justificación, especialmente si el contribuyente no tiene ingresos formales o declarados.

Recomendaciones: Asegurarse de guardar comprobantes de sueldo, recibos de jubilación, facturas, o cualquier otro documento que respalde el origen del dinero transferido. Este paso es crucial para prevenir futuros inconvenientes con la entidad financiera o la AFIP.

  1. Cumplir con la declaración de transferencias superiores a $700.000
    Uno de los mayores inconvenientes que puede surgir es no declarar transferencias que superen los $700.000. La normativa establece que cualquier transferencia que sobrepase este monto debe estar respaldada por ingresos declarados y, de no ser así, se debe informar a la AFIP. Si este paso no se cumple, se corre el riesgo de que se inicie una investigación.

Documentación requerida: Cuando se exceden los $700.000 en transferencias, es obligatorio tener la documentación que justifique esos movimientos. Si no se cuenta con ella, la AFIP puede iniciar procedimientos más rigurosos.

  1. Responder a tiempo a las solicitudes de bancos o fintechs
    Es fundamental prestar atención a las solicitudes de las entidades financieras, como bancos o fintechs, que puedan pedir una justificación del origen de los fondos transferidos. No responder a tiempo o no proporcionar la documentación adecuada puede derivar en la emisión de un Reporte de Operación Sospechosa (ROS) a la Unidad de Información Financiera (UIF).
  1. Documentación que puede solicitar la AFIP
    La AFIP puede pedir diversos documentos para respaldar las transferencias entre cuentas propias. Estos incluyen:

Boletas de compra y venta.
Documentos que acrediten la venta de acciones o una empresa.
Recibos de sueldo o comprobantes de haberes jubilatorios.
Facturas de los últimos meses.
Constancia de monotributo.
Certificado de fondos emitido por un contador público.
Es recomendable mantener esta documentación organizada y fácilmente accesible, ya que puede ser solicitada en cualquier momento por la AFIP o la entidad financiera correspondiente.

AFIP y billeteras virtuales: montos permitidos en octubre
Desde octubre de 2024, la AFIP ha endurecido los controles sobre los usuarios de billeteras virtuales cuyos movimientos superen ciertos límites. Las billeteras virtuales han ganado popularidad como método de pago y transferencia de dinero, pero es esencial tener en cuenta las regulaciones fiscales aplicables.

  1. Límite de $400.000 para transferencias y consumos

La AFIP puede investigar a aquellos usuarios de billeteras virtuales que realicen transferencias o consumos que superen los $400.000. Este control tiene como objetivo asegurar que el origen del dinero sea lícito y que no se presenten irregularidades fiscales.

Recomendaciones: Es recomendable no realizar transferencias o consumos que superen este límite sin contar con la documentación adecuada que respalde el origen de los fondos. De lo contrario, la AFIP puede iniciar una investigación.

  1. Límite de $700.000 para saldos mensuales

Otro aspecto a tener en cuenta es que los saldos mensuales en las billeteras virtuales no deben exceder los $700.000. Superar este límite sin declaración puede ser motivo de investigación por parte de la AFIP.

Actualización de los montos: Estos montos serán actualizados automáticamente cada seis meses, siguiendo las variaciones del Índice de Precios al Consumidor (IPC). Esto asegura que los límites se mantengan relevantes en un contexto de inflación.

  1. Normativa impulsada por la AFIP

Estas medidas forman parte de la Resolución General N° 4298, que busca mejorar la transparencia del sistema financiero. Al igual que los bancos, las plataformas de billeteras virtuales están obligadas a reportar todas las transacciones y saldos que superen los límites establecidos.

¿Qué sucede si se exceden los límites?
Si un usuario realiza transferencias por más de $400.000 o mantiene saldos superiores a $700.000 en su billetera virtual, la AFIP iniciará un proceso de investigación. En este caso, se solicitará al contribuyente que presente la documentación que respalde el origen de los fondos. Si no se puede justificar adecuadamente, la AFIP podría tomar medidas severas, como el cierre de la cuenta o la generación de un Reporte de Operación Sospechosa (ROS) a la UIF.

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