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Prórroga del Gobierno para la aceptación de bonos por deudas de obra pública

17 julio, 2026
in Economía
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El Gobierno nacional ha decidido extender el plazo hasta el 23 de julio de 2026 para que los contratistas de obra pública soliciten su adhesión al Régimen Simplificado de Extinción de Obligaciones, que permite saldar deudas a través de bonos. Esta prórroga no altera el cupo máximo del régimen ni sus demás condiciones.

El Régimen Simplificado de Extinción de Obligaciones se aplica a los contratistas de las Secretarías de Obras Públicas y de Transporte, dentro del Ministerio de Economía, y les permite cancelar deudas acumuladas entre el 1° de enero de 2022 y el 31 de diciembre de 2025, así como de obligaciones de contratos extinguidos desde 2024. Para ello, se pueden entregar tres títulos públicos en pesos (LECAP y BONCAP), con un límite total de $221.119.509.519.

Inicialmente, el plazo para adherirse era de diez días hábiles a partir del 3 de julio, fijando la fecha de vencimiento para alrededor del 16 de julio.

La Resolución 2/2026, firmada por el secretario de Coordinación de Infraestructura, menciona que “distintos contratistas han manifestado la necesidad de contar con un plazo adicional para completar la presentación de sus solicitudes de adhesión a través de la plataforma Trámites a Distancia (TAD)”. Asimismo, se señala que “a fin de garantizar la mayor concurrencia posible de contratistas y el adecuado cumplimiento de los objetivos” del régimen, se ha considerado apropiado extender el plazo hasta el 23 de julio de 2026.

Con esta prórroga, los contratistas interesados disponen de tiempo hasta esa fecha para presentar su solicitud a través de TAD. Luego de la presentación, se establece un plazo adicional de diez días hábiles para aportar la documentación que respalde sus acreencias, incluyendo el cálculo de los intereses por mora del Estado.

Cabe destacar que la adhesión al régimen conlleva la renuncia a todos los reclamos administrativos y judiciales en curso contra el Estado Nacional en relación con el contrato. Además, la Sindicatura General de la Nación (SIGEN) debe participar antes de la firma de cada acta acuerdo individual.

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El Gobierno nacional ha decidido extender el plazo hasta el 23 de julio de 2026 para que los contratistas de obra pública soliciten su adhesión al Régimen Simplificado de Extinción de Obligaciones, que permite saldar deudas a través de bonos. Esta prórroga no altera el cupo máximo del régimen ni sus demás condiciones.

El Régimen Simplificado de Extinción de Obligaciones se aplica a los contratistas de las Secretarías de Obras Públicas y de Transporte, dentro del Ministerio de Economía, y les permite cancelar deudas acumuladas entre el 1° de enero de 2022 y el 31 de diciembre de 2025, así como de obligaciones de contratos extinguidos desde 2024. Para ello, se pueden entregar tres títulos públicos en pesos (LECAP y BONCAP), con un límite total de $221.119.509.519.

Inicialmente, el plazo para adherirse era de diez días hábiles a partir del 3 de julio, fijando la fecha de vencimiento para alrededor del 16 de julio.

La Resolución 2/2026, firmada por el secretario de Coordinación de Infraestructura, menciona que "distintos contratistas han manifestado la necesidad de contar con un plazo adicional para completar la presentación de sus solicitudes de adhesión a través de la plataforma Trámites a Distancia (TAD)". Asimismo, se señala que "a fin de garantizar la mayor concurrencia posible de contratistas y el adecuado cumplimiento de los objetivos" del régimen, se ha considerado apropiado extender el plazo hasta el 23 de julio de 2026.

Con esta prórroga, los contratistas interesados disponen de tiempo hasta esa fecha para presentar su solicitud a través de TAD. Luego de la presentación, se establece un plazo adicional de diez días hábiles para aportar la documentación que respalde sus acreencias, incluyendo el cálculo de los intereses por mora del Estado.

Cabe destacar que la adhesión al régimen conlleva la renuncia a todos los reclamos administrativos y judiciales en curso contra el Estado Nacional en relación con el contrato. Además, la Sindicatura General de la Nación (SIGEN) debe participar antes de la firma de cada acta acuerdo individual.
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