A partir de esta decisión, todos los profesionales de la salud, así como los equipos asistenciales e instituciones, estarán obligados a informar cada caso confirmado conforme a criterios y normas que serán aplicables en todas las jurisdicciones del país.
Esta medida busca fortalecer la vigilancia epidemiológica de ambas patologías y mejorar la capacidad de respuesta y prevención a nivel federal, según se detalla en un informe al que se tuvo acceso.
En lo que respecta al ACV, se requerirá la notificación de los casos confirmados basados en criterios clínicos y epidemiológicos. Con esta vigilancia, se podrá estimar de manera más precisa la incidencia de esta condición a nivel nacional y en cada jurisdicción, caracterizar adecuadamente el perfil de las personas afectadas, evaluar el uso de las Unidades de ACV y medir indicadores críticos como la mortalidad intrahospitalaria y la discapacidad al alta.
Además, permitirá detectar oportunidades de mejora en la organización de la red asistencial y orientar la planificación de recursos humanos, tecnológicos y financieros. La relevancia de esta información se ve acentuada por el hecho de que el 70% de los ACV son isquémicos, y que la aplicación de tratamientos de reperfusión en las primeras 4,5 horas puede disminuir las secuelas neurológicas en un 28%.
El acceso a datos sobre tiempos de atención y a terapias de reperfusión ayudará a identificar áreas donde se puede mejorar la respuesta del sistema, generando información estandarizada continua sobre diagnóstico y tratamiento.
La obligación de notificar estos casos se suma a las iniciativas que el Ministerio de Salud ha estado implementando en el marco del Programa Nacional para el Diagnóstico y Tratamiento del Accidente Cerebrovascular (PRONAC-ACV). El registro de los casos en el SNVS facilitará la obtención de información sobre el funcionamiento de la red, aportando evidencia para evaluar resultados y guiar su expansión.
En relación a la IC, la vigilancia se enfocará en las internaciones por cuadros descompensados, diferenciando entre las primeras internaciones y las reinternaciones. Este registro permitirá conocer la incidencia y prevalencia de la enfermedad, identificar patrones de reinternación y evaluar la calidad de la atención, con el fin de detectar oportunidades de mejora.
Adicionalmente, proporcionará datos que contribuirán al seguimiento de los pacientes y a mejorar la adherencia a los tratamientos, aspectos esenciales para reducir nuevas descompensaciones y hospitalizaciones. La insuficiencia cardíaca afecta aproximadamente a uno de cada 60 a 90 argentinos, con una prevalencia que supera el 10% en personas mayores de 65 años. En 2024, se registraron 26.404 fallecimientos debido a esta enfermedad, y las reinternaciones fueron aproximadamente del 15% a los 30 días y del 50% a los seis meses.
Asimismo, cerca del 70% de los costos asociados a la insuficiencia cardíaca se relacionan con internaciones, lo que convierte el seguimiento y la prevención de nuevas descompensaciones en un componente crucial para mejorar los resultados de salud y optimizar el uso de recursos.








