La presentación se realizará el 27 de agosto en el Salón Auditorio Dr. Ricardo Balbín de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación. Según lo previsto, participarán veterinarios, abogados y representantes de criaderos y refugios con distintas posiciones frente a la iniciativa. También está prevista la presencia de la secretaria general de la Presidencia, Karina Milei.
El proyecto ya fue girado a las comisiones de Legislación General y de Presupuesto y Hacienda. La propuesta establece presupuestos mínimos de alcance nacional y contempla a todas las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, que desarrollen actividades vinculadas con la cría, guarda, alojamiento temporal, rescate y otros servicios relacionados con animales de compañía.
Uno de los puntos centrales es la creación de un Registro Nacional de Establecimientos para Animales de Compañía. La iniciativa también reconoce a estos animales como seres sintientes y establece como referencia para evaluar su bienestar las denominadas “Cinco Libertades”: acceso a alimento y agua, ausencia de miedo y angustia, protección frente a molestias físicas y térmicas, ausencia de dolor, lesiones o enfermedades y posibilidad de expresar comportamientos naturales.
El proyecto aclara que este reconocimiento no modifica las disposiciones del Código Civil y Comercial vinculadas con la tenencia y propiedad de animales.
Para refugios y hogares de tránsito, la propuesta establece que no podrán superar la capacidad operativa autorizada, salvo situaciones extraordinarias como catástrofes o rescates judiciales masivos. También dispone que los animales sean esterilizados antes de su adopción, excepto cuando exista una contraindicación veterinaria debidamente fundamentada.
La eutanasia quedaría limitada a casos de enfermedades terminales, lesiones irreversibles o situaciones que provoquen sufrimiento irremediable y deberá contar con respaldo médico. El texto prohíbe expresamente el sacrificio por razones de edad, falta de espacio o problemas de comportamiento.
En el caso de los criaderos autorizados, se establecen requisitos sanitarios, genéticos y éticos destinados a evitar prácticas reproductivas que puedan afectar el bienestar de los animales. Entre otras disposiciones, se prohíbe la reproducción de ejemplares con patologías hereditarias incompatibles con su bienestar y se limita la reproducción excesiva que altere los ciclos biológicos naturales de las hembras.
La iniciativa también establece criterios para el manejo de animales en situación de calle. Propone que las políticas de control poblacional utilicen métodos éticos, humanitarios y no letales, y fomenta los programas de Captura, Esterilización y Retorno (CER) junto con campañas masivas de castración.
En ese sentido, el proyecto prohíbe la eliminación de animales como método de gestión de poblaciones urbanas y plantea que las estrategias de captura y eliminación sistemática no constituyen una solución efectiva ni sostenible.
Otro capítulo regula la comercialización de animales de compañía a través de plataformas digitales. La oferta deberá estar respaldada por la correspondiente inscripción y habilitación del establecimiento. A su vez, la iniciativa diferencia esta actividad de las adopciones responsables sin fines de lucro, que continuarán permitidas para rescatistas y organizaciones de la sociedad civil.
Los fondos obtenidos a través de las sanciones económicas previstas por la normativa deberán destinarse exclusivamente a programas de esterilización, asistencia a refugios registrados y campañas de concientización sobre tenencia responsable.
Finalmente, el proyecto establece un período de adecuación para los establecimientos que ya se encuentren funcionando cuando la ley sea promulgada. Tendrán 180 días desde la publicación de la reglamentación para cumplir con las nuevas exigencias y completar su inscripción correspondiente.








