La iniciativa apunta, entre otros aspectos, a simplificar la constitución de sociedades, eliminar algunas formas de asociación y ampliar las posibilidades para que una misma empresa pueda desarrollar distintas actividades, incluso cuando no exista relación entre ellas.
Mientras el proyecto permanece pendiente de tratamiento parlamentario, la Inspección General de Justicia (IGJ) avanzó mediante una nueva normativa sobre algunos de los cambios contemplados. La Resolución General 11/2026 establece modificaciones destinadas a reducir trámites y flexibilizar determinados requisitos para la creación y funcionamiento de sociedades.
Entre las principales novedades se encuentra la posibilidad de realizar un control posterior de determinados documentos, en lugar de exigir su revisión previamente. También se habilita el uso de una dirección electrónica como domicilio de la sociedad y se amplía el alcance del objeto social, que podrá incluir distintas actividades siempre que sean lícitas.
Uno de los cambios señalados es la eliminación del dictamen de precalificación profesional obligatorio para constituir sociedades. La modificación apunta a reducir los costos y los tiempos necesarios para completar el trámite de creación de una empresa.
La nueva normativa también flexibiliza el tratamiento del objeto social. Las sociedades podrán incorporar una o más categorías de actividades sin tener que acreditar que existe una relación de conexidad, complementariedad o accesoriedad entre ellas.
En el caso de las Sociedades Anónimas Simplificadas (SAS), se permitirá establecer como objeto social la realización de cualquier actividad lícita. Esto amplía el margen de acción de estas sociedades y puede reducir la necesidad de modificar sus estatutos cuando posteriormente incorporen nuevas actividades.
Otro de los cambios incorporados por la resolución es la posibilidad de integrar capital mediante criptoactivos.
La normativa de la IGJ comparte con el proyecto de reforma de la Ley 19.550 presentado ante el Senado un criterio orientado a reducir el control preventivo del Estado sobre la organización interna de las sociedades y ampliar el margen de decisión de los particulares respecto de la estructura de sus negocios.
En ese sentido, la posibilidad de establecer objetos sociales más amplios y desarrollar actividades lícitas sin necesidad de que estén vinculadas entre sí permite anticipar algunos de los efectos que contempla la reforma legislativa. De esta manera, determinadas modificaciones pueden comenzar a aplicarse a través de la regulación administrativa mientras continúa el debate parlamentario.
El tratamiento del proyecto en el Senado se da además en un contexto de mayor atención sobre las iniciativas impulsadas por Sturzenegger. Durante este año, el ministro recibió cuestionamientos por su margen de autonomía para promover medidas de desregulación que generaron diferencias dentro del Gobierno.
Entre esas iniciativas se incluyeron propuestas de modificación de la legislación laboral, entre ellas una que contemplaba una reducción de hasta la mitad del salario de un trabajador que permaneciera ausente durante un período prolongado debido a una enfermedad o accidente.
Las diferencias generadas alrededor de este tipo de proyectos derivaron en la creación de la Mesa Política, destinada a revisar las iniciativas antes de que sean enviadas al Congreso y procurar que cuenten con el respaldo de los legisladores encargados de tratarlas.
En ese marco, los proyectos impulsados por el ministro quedaron sujetos a un mayor seguimiento político. La reforma de la Ley de Sociedades lleva cuatro meses sin ser tratada en el Senado, mientras el Gobierno busca avanzar con los cambios mediante el tratamiento legislativo y, en paralelo, a través de modificaciones regulatorias de la IGJ.








